Quien puede elaborar un testamento

Cómo elaborar un testamentoPosee legitimidad para testar (regular su sucesión a través de un testamento), aquel que al momento de otorgarlo goce de la suficiente capacidad legal o aptitud para constituirlo,   entendiéndose que no todos ni en todas las circunstancias, pueden suscribir un testamento.

En tal sentido, se puede señalar grosso modo, que un testamento solo puede constituirse de forma válida 1) Si el testador posee la aptitud legal para constituirlo y 2) si en la constitución de testamento se cumplieron las formas establecidas. En ningún otro caso podrá resultar válido un testamento si no se tomaron en cuenta dichas condiciones.

Conforme al ordenamiento jurídico peruano, posee capacidad testamentaria, aquel mayor de edad que no se halle privado de discernimiento, no padezca de discapacidad que le impida expresar su voluntad de manera indubitable, padezca de retardo o deterioro mental, o se considere ebrio habitual o toxicómano. Se considerará incapaz de testar igualmente, aquel que al momento de suscribir el testamente carece de lucidez de forma pasajera.

Que dice la ley sobre la elaboración de testamento en Perú

El Código Civil peruano, define a la sucesión testamentaria (por testamento), como aquella a través de la cual una persona puede disponer de sus bienes, ya sea de la totalidad de ellos o de una parte de los mismos,  para después de su muerte. Por esta vía, y a su voluntad, ordenará su propia sucesión dentro de los límites que la ley establezca y siempre que se cumplan las formalidades que ella impone.

De tal definición, se extraen las siguientes conclusiones a tener en cuenta en la elaboración de un testamento:

  • Tiene que constituirse mediante acto jurídico: Consecuentemente, deberá cumplir los requisitos para su validez, debiendo ser suscrito en un documento que exprese la real voluntad del testador. Debe tenerse en cuenta que el testamento es un acto de carácter personal, razón por la cual solo se puede constituir de forma directo y no mediante poder, contraria a la gran mayoría de actos jurídicos.
  • Cumplir las formalidades de ley establecidas: La ley sanciona con nulidad la inobservancia de alguna de las formas exigidas como requisito para la validez del testamento.
  • Puede ser parcial o total: El testador puede disponer a voluntad sobre todos sus bienes, o sobre una parte de aquellos. Se entiende que a su muerte, aquellos bienes no incluidos en el testamento serán adquiridos por sus sucesores aplicando las reglas de la sucesión intestada.

Cómo se elabora un testamento

Una vez comprobada la capacidad legal para poder suscribir un testamento, y tomando en cuenta sus condiciones de validez, la voluntad del testador, de forma detallada, deberá ser transmitida al documento que lo contendrá, dependiendo de la clase de testamento que se vaya a constituir.

Los tipos de testamentos reconocidos en Perú

El ordenamiento jurídico peruano señala varios tipos de testamento por los que, dependiendo de las circunstancias, podrá optar el testador al constituirlo (todos con algunas reglas particulares), entre ellos, tenemos los siguientes:

Testamentos ordinarios:

  • Testamento por escritura pública: Testamento que goza de mayor seguridad puesto que en su constitución el notario verificará si se cumplen todos los requisitos legales de validez.
  • Testamento cerrado: Testamento cuya validez se condiciona a que en su constitución el testador haya tenido conocimiento de todas las formas establecidas legalmente.
  • Testamento ológrafo: Testamento con escasa seguridad en tanto las formalidades para su elaboración son mínimas y debe ser posteriormente reconocido en un proceso judicial.

Testamentos especiales (permitidos solo en determinadas circunstancias):

  • Militar: Constituido ante situaciones de evidente peligro de muerte.
  • Marítimo: Al igual que el testamento militar deberá ser posteriormente reconocido judicialmente.

Los requisitos para la elaboración de un testamento

Elaboración de un testamentoComo se vio, dependiendo del testamento a redactar, existen ciertas variaciones en cuanto a los requisitos para su elaboración. De forma genérica, para elaborar un testamento se deberá a) tener capacidad para otorgarlo y b) cumplir las formalidades para su otorgamiento, que por cada una de las clases de testamento pueden resumirse en las siguientes:

  1. Testamento por escritura pública: Deberá otorgarse ante notario público, mediante escritura pública y con la presencia de testigos que el testador designe. El notario redactará de puño y letra el testamento debiendo ser conservado en su registro de escrituras públicas. Deberá ser firmada por el testador en cada una de las páginas que se generen, señalando su conformidad en la conclusión del acto, debiendo igualmente depositar su firma junto a los testigos y el propio notario.
  2. Testamento cerrado: El testamento cerrado debe ser firmado por el testador en cada una de las páginas que lo contengan, salvo que haya sido redactado por él mismo. Deberá posteriormente colocarse en sobre cerrado de forma tal que no pueda ser extraído, para ser entregado al notario de forma personal ante testigos hábiles, extendiendo el notario un acta de recepción que se transcribirá en su registro tras la firma del testador y los testigos.
  3. Testamento ológrafo: Este tipo de testamento debe ser totalmente escrito, fechado y firmado por el propio testador. Su eficacia queda condicionada a la comprobación judicial del mismo que se deberá demandar en un plazo máximo de un año contado desde la muerte del testador.
  4. Militar: Restringido a los miembros de las fuerzas armadas o policiales siempre que en situación de guerra o fuera del país se encuentren acuartelados o participando en operaciones bélicas y se vean imposibilitados de otorgarlo a través de las vías ordinarias.
  5. Marítimo: De igual manera, en caso de hallarse el testador en navegación acuática y ante un estado de evidente peligro de muerte. Tanto el testamento militar como marítimo deberá ser reconocido judicialmente para que pueda surtir los efectos esperados por el testador.

Los trámites para la elaboración de un testamento

Debe tenerse en consideración que los pasos a seguir en la elaboración del testamento dependerá del tipo de testamento que se haya optado utilizar, de forma general, de forma previa a la elaboración del testamento que fuere, se deben tomar en cuenta los siguientes pasos:

  • Inventario de todos los bienes, derechos y deudas (de ser el caso) con los que cuenta el testador al momento de constituir.
  • Verificar todos aquellos herederos forzosos con los que cuenta el testador (recuérdese que se deberá tener en cuenta la legítima).
  • Valorizar cada uno de los derechos y bienes a incluir en el testamento.
  • En base a dicha valuación disponer su repartición tomando en consideración la legítima y la porción disponible de ser el caso (cuando se constituyan legatarios).
  • Suscribir el testamento con las formalidades exigidas en razón del tipo de testamento elegido.

Cuánto cuesta una elaboración de testamento en Perú

Elaboración testamento en PerúLos costos para la elaboración del testamento, como es lógico, dependerán del tipo de testamento elegido, sin embargo, debe tenerse en cuenta que su ejecución puede demandar mayores gastos en caso no se haya optado por el adecuado. Así, en caso se instituya testamento ológrafo, no se deberán cancelar gastos notariales, pero su reconocimiento mediante proceso judicial puede resultar más caro a la vez que genera mayor inseguridad en su ejecución.

Por otro lado, si bien un testamento por escritura pública o testamento cerrado suelen acarrear mayores gastos, su eficacia y seguridad (sobre todo del primero) resulta casi indubitable.

En todos los casos, la asesoría de un abogado debería tenerse muy en cuenta de forma previa y durante la elaboración de un borrador del testamento a efectos de verificar el cumplimiento de todas las formalidades que aseguren su validez.

Porque es mejor pasar por un abogado de herencia para la elaboración de su testamento

Como se habrá podido observar, la constitución de testamento es sumamente formal, requiere del cumplimiento de condiciones que de no ser tomadas en cuenta generarán su nulidad. En tal sentido, la mejor de las formas de asegurar su correcta elaboración, es la de contar con la asesoría de un profesional que esté presente en todos los pasos previos a la formalización del mismo.

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