Qué es un testamento ológrafo

Testamento ológrafoEl testamento ológrafo es una de las tres clases de testamentos ordinarios que están permitidos en nuestro país (Las otras dos clases son: el testamento público y el testamento cerrado)

El testamento ológrafo es aquel que es elaborado por escrito con el puño y letra del testador. Puede surtir efectos solamente, a condición, de que sea comprobado judicialmente una vez producida la muerte del testador.

Siendo así, podemos afirmar que el proceso de transmisión de bienes vía testamento ológrafo cuenta con dos etapas bien definidas:

  1. La elaboración del testamento propiamente dicho. Etapa cuya responsabilidad recae única y exclusivamente sobre el testador.
  2. La comprobación judicial del testamento. Etapa que empieza tras la muerte del testador y cuya responsabilidad recae sobre el poseedor del testamento, los presuntos herederos, los acreedores del difunto o sobre los acreedores del heredero.

Qué dice la ley de testamento ológrafo en Perú

Las reglas que tienen que seguirse para correcta elaboración y validación del testamento ológrafo, las podemos encontrar en código civil y el código procesal civil respectivamente. Resumimos a continuación las más importantes:

  • El testamento solamente puede ser elaborado por el propio testador, por escrito y mano. Es decir, si se elabora por medio de una máquina de escribir u otro medio mecánico, el testamento ológrafo será considerado nulo.
  • El testamento debe estar fechado y firmado por el propio testador.
  • Para que produzca sus efectos debe ser protocolizado, previa comprobación judicial dentro de un plazo máximo de 1 año.
  • La persona que conserve en su poder el testamento ológrafo tendrá la responsabilidad de presentarlo ante un juez competente dentro de un plazo máximo de 30 días de tener conocimiento de la muerte del testador.

La validez del testamento ológrafo

No bastará con que el testador haya expresado su última voluntad en el testamento, para que dicha voluntad surta efectos y se cristalice en el mundo real. Sino que, además, es necesario que, tras la muerte del testador, el testamento sea comprobado por medio de un proceso judicial de “comprobación de testamento”.

Las personas facultadas por la ley para solicitar dicha comprobación son:

  1. La persona que tenga en su poder el testamento
  2. Los herederos forzosos, es decir, los padres, hijos o el cónyuge.
  3. Quien se considere heredero voluntario o legatario.
  4. Los acreedores del testador o del presunto sucesor.

Los requisitos para un testamento ológrafo

Testamento ológrafo: requisitosComo podrá notarse, en la transmisión de bienes por la vía de un testamento ológrafo, la etapa más complicada es la comprobación judicial del testamento. Por lo general, la elaboración del mismo no suele generar inconvenientes, ya que, las formalidades o requisitos exigidos por la ley no son muy difíciles de cumplir.

Estos requisitos son:

  • Que el testamente sea elaborado de manera escrita por el propio puño y letra del testador.
  • Que el testamento se encuentre debidamente fechado y firmado por el testador.
  • Que una vez producida la muerte del testador, el testamento pase por un proceso judicial de comprobación.

Quién puede redactar un testamento ológrafo

La ley no exige ninguna “cualidad” especial para la elaboración de un testamento ológrafo. Es decir, cualquier ciudadano se encuentra facultado para realizarlo, siempre que cumpla con los requisitos legales.

Ahora bien, lo que sí señala la ley, son las personas que NO pueden realizarlo. Estas personas son:

  1. Los menores de edad.
  2. Las personas privadas de discernimiento.
  3. Los sordomudos, los ciergosordos y los ciegomudos que no puedan manifestar de manera indubitable su voluntad.

La protocolización del testamento ológrafo

La protocolización es el último paso que se tiene que dar a efectos de lograr que la voluntad del testador expresada mediante el testamento surta efectos en la realidad. La protocolización es la aprobación que realiza el notario del expediente judicial que declara la autenticidad del testamento.

Ahora bien, como hemos indicado, para que el testamento declarado autentico es necesario seguir un proceso judicial denominado “proceso no contencioso de comprobación de testamento”.

LA COMPROBACIÓN DEL TESTAMENTO OLOGRAFO

El proceso judicial de comprobación de testamento ológrafo lo podemos resumir en las siguientes etapas:

1RA ETAPA: Cualquiera de las personas facultadas por la ley (Ver apartado “La validez del testamento ológrafo) deberá enviar una solicitud al juez competente pidiendo que se inicie un proceso de “comprobación de testamento”.

Dicha solicitud deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Deberá indicar el nombre del juez ante el cual se dirige la solicitud.
  2. Deberá indicar los datos: Nombre , documento de identidad y domicilio tanto del solicitante como del causante( El fallecido que dejo la herencia)
  3. Se deberá indicar qué es lo que se pide. En este caso se debe indicar que se solicita que se reconozca la autenticidad del testamento.
  4. Se deberá exponer las razones de hecho y derecho por las cuales se realiza esta solicitud.
  5. Se deben anexar los siguientes documentos:
  6. La copia certificada de la partida de defunción del causante y certificación registral de no figurar inscrito otro testamento.
  7. El documento que contenga el testamento ológrafo o el sobre que lo contenga.
  8. Los medios probatorios que sustenten el pedido. En este caso, se admiten otros documentos en el que conste la letra y la firma del causante a efectos de la realización del cotejo.

2DA ETAPA: Una vez cursada la solicitud, el juez competente verificará que se hayan cumplido con todos los requisitos exigidos por la ley.

Una vez realizado ello, el juez procederá a la apertura del testamento (en caso este se encuentre en un sobre cerrado) en presencia del notario o del solicitante. Asimismo, pondrá su firma y sello del juzgado en cada una de las páginas.

3RA ETAPA: Con el testamento en su poder, el juez procederá a comprobar su autenticidad. Para ello se servirá de los siguientes instrumentos:

  • El cotejo: Comparará el testamento con otros documentos del testador con la finalidad de verificar que las letras y las firmas, de ambos, coinciden.

En caso de que no pudiera, el juez podrá contar con la ayuda de un perito.

  • En caso de que el cotejo o la pericia no sean suficientes para verificar la autenticidad del testamento, será admisible la declaración de testigos sobre la letra y firma del testador.

La ley señala que estos testigos deben tener las siguientes características:

  1. No deben ser más de 3 ni menos de 5 personas.
  2. Deben ser mayores de 30 años.
  • Deben ser vecinos del lugar en la fecha de otorgamiento del testamento y sin vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad con los legatarios o herederos.

4TA ETAPA: Una vez acreditada la autenticidad del testamento y cumplidos los requisitos formales para el mismo, el juez pondrá su firma entera y el sello del juzgado en cada una de las páginas y dispondrá su protocolización. Con ello, se habrá culminado con el proceso de comprobación de testamento.

Porque es mejor pasar por un abogado para la redacción de su testamento

Testamento ológrafo: ejemploConsideramos que al margen de que para la elaboración del testamento no se exijan muchos requisitos, resulta vital contar con la asesoría de un abogado.

La razón de ello radica en la necesidad de que el testamento sea redactado con la mayor claridad y precisión posible a efectos de que la voluntad del testador se cristalice de la manera más exacta en el documento. Todo ello, teniendo en cuenta que el grado de claridad del testamento está directamente vinculado a los conflictos familiares que se puedan suscitar después de la muerte del testador.

Mientras más claro el testamento, más fácil será interpretar la voluntad del causante y menor será la probabilidad de que existan conflictos familiares.

Modelo de testamento ológrafo (ejemplo)

MODELO DE TESTAMENTO OLÓGRAFO

Yo, Simon Rodriguez , DNI. xxxxxxxxx, de nacionalidad peruana ,domiciliado en ___________ , distrito de ______ departamento de _________. En pleno uso de mis facultades mentales y amparado en la ley , he resuelto otorgar mi testamento disponiendo de mis bienes para despues de mi muerte.

Es asi , que no teniendo herederos forzosos designo como heredero universal al sr _____, identificado con el DNI____________, Domiciliado en __________.

Asi tambien , hago expresa mi voluntad de que una vez acaecida mi muerte , mi cuerpo inerte sea enterrado en el cementerio_________,ubicado en _______ lugar en cual resposan mis padres junto con toda mi ascendencia

No teniendo otras disposiciones que hacer firmo este acto como es mi manera habitual de firmar.

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